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Declaración de construcción
El titular de derecho de dominio sobre un inmueble puede realizar a sus expensas en el mismo las construcciones que considere necesarias; las cuales por efecto de su registro, deberán estar constituidos en la escritura pública (1)
Requisitos:
1. Licencia de Construcción
2. Descripción de las dependencias
3. Le sugerimos anexar el certificado de libertad y tradición.
(1) Tomado del Glosario de Códigos Registrales elaborado por la Superintendencia de Notariado y Registro.
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